Nayim Mohamed Ali analizó los entresijos del proceso de extradición

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Photo : Maitre Nayim Mohamed Ali, l’avocat espagnol d’Ali Aarrass, à droite, en discussion avec Maitre Dadsi, l’avocat marocain d’Ali Aarrass, à gauche, à l’audience du 9 avril du procès en appel. Au centre Abderrahman Benyahia, porte-parole de la commission islamique de Melilla

El abogado, que se ha encargado de casos tan conocidos en la ciudad como el de Ali Aarras, dio una visión de las dificultades con las que se encuentran en estos procesos.

El abogado Nayim Mohamed Alí, conocido en la ciudad por su defensa, entre otros de Ali Aarras, impartió ayer una charla sobre el derecho de extradición en el centro permanente de la UNED en Melilla.  Entre los que se encontraban numerosos familiares de Aarras, así como el delegado del Gobierno en Melilla, Abdelmalik El Barkani y la viceconsejera de Mujer, Fadela Mohatar.

 Mohamed Alí comenzó su intervención explicando que se centraría en aquellos aspectos jurídicos que pueden despertar cuestiones sobre la aplicación del derecho de extradición.
En este sentido apuntó que este proceso se puede llevar a cabo de dos formas, la vía ordinaria y la vía urgente, aunque en este último punto indicó que la calificación de urgente no es tal en la aplicación, ya que normalmente este tipo de procedimientos acaban alargándose mucho en el tiempo.
Además, el letrado diferenció entre cuando estos procesos se llevan a cabo en relación con otros países y ciudadanos de la Unión Europea y cuando se trata de casos de naciones externas a este grupo.
Mohamed Ali mantuvo, durante toda la intervención, una pregunta que lanzó al aire en varias ocasiones, sobre si en realidad los procesos de extradición son exclusivamente jurídico-administrativos o entra en juego la faceta política, entendida desde el punto de vista de las relaciones diplomáticas.
El abogado insistió además en todas las complicaciones a las que se enfrentan las defensas de las personas sobre las que hay una orden de extradición, para lo que acudió a ejemplos de algunos de los casos que él mismo ha defendido, como el de Aarras.
Mohamed Ali señaló así que principios como el de doble incriminación, por el que se supone que tanto la nación que pide la extradición como la que tiene que analizar si la concede deben tener tipificado en su código penal el delito por el que se acusa al detenido, no siempre está claro. En este sentido, el letrado recordó el caso de un ciudadano bielorruso al que su país solicitaba por un supuesto caso de estafa piramidal, que se había producido en 1997. El hombre fue detenido en 2008 y aunque ellos intentaban explicar que el caso ya había prescrito según la legislación española, no conseguían llegar a un entendimiento.
Lo mismo sucede, indicó el abogado, con el punto por el cual la persona no puede haber sido juzgada ya por el mismo delito. En este sentido, aludió al caso de Aarras, que según el abogado fue juzgado por el Juez Baltasar Garzón, que sobreselló su causa, por el mismo delito por el que posteriormente el Gobierno marroquí solicitó su extradición.
Mohamed Ali se refirió también a lo dilatados que son los plazos de tramitación de estos casos, que hacen que la persona pueda estar detenida durante mucho tiempo antes de que se resuelva el proceso. Aquí también recordó a Aarras, que señaló, estuvo detenido más de dos años antes de que se aceptara su extradición.
La nacionalidad fue otro de los puntos en los que hizo hincapié, ya que se supone que otro país no puede pedir la extradición de un ciudadano español, pero según el abogado, la aplicación de este punto está sometido a numerosas interpretaciones, que en algunas ocasiones pueden provocar que se lleve a cabo el proceso con personas, que supuestamente si tenían la nacionalidad española.
Respecto a las garantías que el tribunal español tiene que aceptar para los detenidos en el caso de que se acepte la extradición, Mohamed Ali explicó que no se admite ningún tipo de informe en el que se demuestre que en el país de destino no se cumplen algunos derechos con los detenidos, y que además el tribunal no se encarga de velar porque esas garantías se cumplan, por lo que una vez que el detenido pasa al otro país queda un poco a merced del sistema establecido allí.
En definitiva, el abogado, acompañado por el presidente del Colegio de Abogados, Blas Jesús Imbroda, trató de dar una visión general de todos los entresijos de una normativa de difícil aplicación.